.................... S/ RECURSO DE CASACION
El tribunal desiste del recurso de casación presentado por Fernández Ramos. La resolución confirma el desistimiento y ordena su archivo, aplicando los artículos 421, 432, 451 y 465 del Código Procesal Penal. La decisión refleja la voluntad del recurrente de abandonar el recurso, con costas a su cargo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El imputado José Rolando Fernández Ramos y su defensor desisten del recurso de casación interpuesto en su contra. La Cámara de Casación Penal, considerando la manifestación de desistimiento, resuelve tener por desistido el recurso con costas, en virtud del artículo 432 del Código Procesal Penal. La resolución se fundamenta en la voluntad del recurrente de abandonar el recurso y en la normativa aplicable, disponiendo además que se registre, notifíquese y radique a origen. La sentencia no presenta disidencias ni votos particulares.
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