INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE EL JUZGADO DE GARANTIAS N°1 SAN MARTIN Y EL JUZGADO DE GARANTIAS N°3 SAN ISIDRO
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Provincia de Buenos Aires declara la competencia del Juzgado de Garantías N° 3 de San Isidro en un incidente de competencia originado en una causa por estafa, confirmando la decisión del magistrado declinante y fundamentando que la relación del ilícito, en su perjuicio patrimonial, se vincula con dicho departamento judicial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El incidente de competencia fue presentado por el Juzgado de Garantías N° 1 de San Martín, que declinó su competencia en una causa por estafa, argumentando que los hechos relevantes —firma del boleto de compraventa y pago— ocurrieron en jurisdicción del Juzgado de Garantías N° 3 de San Isidro, en Vicente López y Pilar. La causa fue recibida por el órgano de San Isidro, que inicialmente no aceptó la declinación, pero posteriormente, tras análisis de las constancias y declaraciones de la víctima, confirmó la competencia del juzgado de San Isidro. La Fiscalía acompañó y homologó esta decisión. La Cámara sostiene que, a partir de las constancias y precedentes, la lesión patrimonial se produjo en el Departamento Judicial de San Isidro, específicamente en Vicente López, donde fue firmado el boleto y pagado el dinero, lo que determina la competencia. La resolución se fundamenta en los artículos 20 inciso 4°, 29 primer párrafo, 35 inciso 1° y 451 del Código Procesal Penal, y refuerza que la circunstancia de que los actos se hayan realizado en Vicente López implica que la competencia corresponde a San Isidro.
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