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PEREYRA, ROMINA ALEXIA STEFANIA c/ ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL JERARQUICO DE BANCOS OFICIALES NACIONALES s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que ordenó a Jerárquicos Salud cubrir el 100% del medicamento Anifrolumab, ante la negativa de la obra social a proveer la medicación en su totalidad, considerando que la paciente sufre Lupus Eritematoso Sistémico y que la negativa fue arbitraria y vulnera su derecho a la salud.

Obra social Derecho a la salud Cobertura medica Amparo Negativa arbitraria Sentencia confirmada Enfermedades poco frecuentes Medicacion oncologica Ley 26.689 Recursos de amparo

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Romina Alexia Stefanía Pereyra, demanda a la Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales, solicitando la cobertura total y sin límite temporal del medicamento Anifrolumab (Saphnelo) 300 mg, debido a su diagnóstico de Lupus Eritematoso Sistémico con compromiso renal, enfermedad catalogada como poco frecuente y protegida por la ley 26.689.
- La demandada, Jerárquicos Salud, reconoce que cubre solo el 70% del costo del medicamento, argumentando que su accionar se ajusta a la normativa vigente y que no resulta arbitrario.
- La primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó a la obra social cubrir el 100% del medicamento sin límite temporal, considerando que la enfermedad de la actora requiere tratamiento continuo y que la negativa parcial afecta su derecho a la salud, calificando la conducta de la demandada como arbitraria.
- La Cámara confirmó la sentencia, señalando que la ley 26.689 y las normativas vigentes establecen que en casos de enfermedades poco frecuentes, la cobertura mínima es del 70%, pero que en circunstancias particulares, como la situación de la actora, la negativa parcial resulta arbitraria y vulnera su derecho a la salud.
- La Cámara también rechazó el agravio de la demandada respecto a la duración de la cobertura, considerando que la orden inicial de seis meses era adecuada y que la cobertura debe mantenerse mientras exista prescripción médica vigente. Se confirmaron las costas y se reguló honorarios a las partes.

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