MORENO, MARIO ALBERTO c/ ESTADO NACIONAL - ARCA (EX AFIP) s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
La demanda de Mario Alberto Moreno por inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre su jubilación fue confirmada, ordenando la inconstitucionalidad de las normas aplicadas y la restitución de montos retenidos desde los cinco años previos a la demanda. La sentencia mantiene la protección de derechos vulnerables y la inaplicabilidad del tributo.
¿Quién es el actor?
Mario Alberto Moreno
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (hoy, Agencia de Recaudación y Control Aduanero)
- Objeto de la demanda: Declarar la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias aplicado a su jubilación, ordenar la abstención de descuentos y la devolución de sumas retenidas.
¿Qué se resolvió?
Se declara la inconstitucionalidad y se ordena a la demandada no descontar y devolver los montos retenidos desde los cinco años anteriores a la demanda, con intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia sostiene que la legislación vigente no distingue adecuadamente a los jubilados en situación de vulnerabilidad, en contra del precedente “García” de la CSJN, que establece la necesidad de tratamiento diferenciado para este colectivo, considerando su mayor vulnerabilidad. La Corte Suprema dejó en claro que la “confiscatoriedad” del impuesto viola la protección constitucional, y que la estructura legal actual subcategoriza patrimonialmente a los beneficiarios de prestaciones sociales, vulnerando principios de igualdad y proporcionalidad. La sentencia también menciona que las normas de la ley 27.617, sancionada en 2021, no adoptan plenamente las pautas del fallo “García”, por lo que mantiene su inconstitucionalidad. La orden judicial incluye la devolución de las sumas retenidas en un plazo de diez días tras la firmeza del fallo, con intereses de tasa pasiva y costas a la demandada. La decisión reafirma la necesidad de protección de derechos vulnerables y la inaplicabilidad del tributo en estos casos. Disidencias no relevantes en este resumen.
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