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Legajo Nº 3 - IMPUTADO: DIAZ, ALEXIS ALEJANDRO s/RECURSO

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso de casación contra la decisión de no conceder la libertad asistida a Alexis Alejandro Díaz. La sala confirmó que, pese a cumplir con el requisito temporal, la evaluación de riesgo y el tratamiento penitenciario justifican la denegatoria, enfatizando que la opinión del Consejo Correccional no es vinculante y que la decisión se sustentó en informes que indicaron riesgo de reincidencia y falta de avances terapéuticos adecuados.

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¿Qué se resolvió en el fallo?


- La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Divito, Bruzzone y Días, analiza el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial de Díaz contra la resolución que rechazó su solicitud de libertad asistida.
- La decisión de la instancia inferior fue fundada en que Díaz, condenado por delitos de hurto en tentativa, presentaba riesgo de reincidir y no había alcanzado una evolución terapéutica suficiente, además de que su comportamiento en prisión y los informes de los profesionales indicaban una tendencia a minimizar los hechos y consumo de sustancias.
- La defensa argumentó que Díaz cumplió los requisitos y que sus logros personales y avances en el tratamiento justificaban la libertad asistida, además de cuestionar la valoración de la autoridad penitenciaria y la parcialidad de los informes.
- La Cámara valoró que, aunque Díaz cumple con el requisito temporal, la evaluación de riesgo y la falta de avances terapéuticos, sumados a antecedentes de reincidencia, justifican la decisión de denegar la libertad asistida. La opinión del Consejo Correccional no es vinculante, y los informes de los profesionales muestran insuficiencia en el tratamiento y dificultades en la evaluación del riesgo.
- La Sala rechazó el recurso de casación y confirmó la resolución que denegó la libertad asistida, considerando que la decisión está fundada en la protección de la sociedad y en la evaluación integral del riesgo del condenado.

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