VILLAGRA, JONATAN ALBERTO Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativo Federal Sala V revoca la sentencia que ordenaba la intimación de pago por parte del Estado Nacional, en virtud de la falta de crédito presupuestario suficiente en el ejercicio 2024, confirmando que la normativa legal permite diferir el pago y que la demandada cumplió con la previsión presupuestaria correspondiente.
¿Quién es el actor?
Jonatan Alberto Villagra y otros.
¿A quién se demanda?
En
- M Seguridad
- PFA.
- Objeto de la demanda: Ejecución de créditos reconocidos por sentencia firme, en el marco de obligaciones del Estado Nacional.
- Decisión del tribunal: La Cámara revoca la decisión de primera instancia que ordenaba la ejecución, considerando que la demandada informó el agotamiento de la partida presupuestaria de 2024 y la existencia de la opción de diferimiento a la partida siguiente, en línea con las disposiciones de las leyes 23.982 y 11.672.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sala destaca que los artículos 22 de la Ley 23.982 y 170 de la Ley 11.672 establecen que, ante la falta de crédito suficiente en el ejercicio en que debe hacerse efectivo el pago, el Estado puede diferir la obligación a un ejercicio siguiente, y que dicha prerrogativa fue ejercida correctamente en este caso. Se cita la jurisprudencia de la Corte Suprema en el fallo “Curti” y otras decisiones que avalan la interpretación de que el diferimiento no implica incumplimiento y es compatible con el régimen legal vigente. La Cámara concluye que la actora no puede promover la ejecución forzada en estas circunstancias, y que la demandada cumplió con la previsión presupuestaria y con las disposiciones legales pertinentes. Además, se señala que la liquidación fue aprobada en marzo de 2023, y que la demandada notificó el agotamiento de la partida en febrero de 2025, en línea con los procedimientos legales aplicables.
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