ASPRA DANIEL ALEJANDRO C/ LOCATELLI LUIS ALBERTO S/ COBRO EJECUTIVO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia de ejecución, admitiendo los intereses convenidos y la capitalización semestral, siempre que el cálculo no supere en 2 veces la tasa activa de descuento del Banco de la Provincia de Buenos Aires, basándose en la potestad de control de intereses por parte del tribunal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa involucra a Daniel Alejandro Aspra como actor y a Luis Alberto Locatelli como demandado en un cobro ejecutivo por la suma de 65.000 pesos, más intereses. La sentencia de primera instancia ordenó la ejecución en esos términos, pero fue apelada por la parte ejecutada. La Cámara analizó la validez de la tasa interesada, resaltando la libertad de contratación, pero también la potestad judicial de control y reducción en casos de desproporcionalidad. La Cámara sostuvo que el interés moratorio y punitorio deben respetar los límites del costo medio del dinero, citando jurisprudencia y artículos del Código Civil y Comercial. Se concluyó que la tasa convenida y su capitalización semestral son admisibles siempre que no superen en 2 veces la tasa activa de descuento del Banco de la Provincia de Buenos Aires para operaciones en pesos, sin capitalización. En virtud de ello, la Cámara admitió parcialmente la apelación, modificando la sentencia de trance y remate en los términos señalados. La mayoría de los jueces coincidieron en que la tasación convenida debe respetar los límites establecidos y en que la modificación de la sentencia era procedente.
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