PARAMO CATUS S.A C/ MOREIRA CLAUDINA EDITH S/ COBRO EJECUTIVO
La Cámara de Apelaciones rechazó la impugnación de la sentencia de ejecución y confirmó la limitación de intereses y aplicación del IVA, estableciendo que el capital devengará intereses con la limitación del 150% de la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, PARAMO CATUS S.A, demanda a la ejecutada, Claudina Edith Moreira, en un cobro ejecutivo por un monto de $350.000.
- La sentencia de primera instancia ordena llevar adelante la ejecución hasta que la deudora pague el monto principal más intereses, los cuales se liquidarán de acuerdo a las pautas establecidas.
- La apelante cuestiona la limitación de oficio a los intereses prometidos, solicitando que se aplique la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires denominada "restantes operaciones", y también cuestiona la inclusión del IVA sobre los intereses.
- La Cámara analiza la validez de la limitación de intereses, recordando que la libertad contractual en materia de intereses no es absoluta y puede ser controlada judicialmente si resulta desproporcionada o contraria a normas de orden público.
- Se concluye que, teniendo en cuenta las circunstancias económicas, la tasa pactada no resulta excesiva y que el gravamen del IVA sobre los intereses es aplicable conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema, dado que el impuesto es trasladable y la parte ejecutante solicitó expresamente su aplicación.
- La Cámara modifica la sentencia de primera instancia y establece que el capital devengará intereses con la limitación del 150% de la tasa activa del Banco, más la aplicación del IVA, con costas de alzada a la ejecutada.
- La sentencia se dicta en los términos del considerando, rechazando los agravios y confirmando la validez de la limitación de intereses y la incorporación del IVA.
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