.................... S/ INF. ART. 85 DEL DEC. LEY 8031/73
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial de Morón declara la nulidad de la declaración contravencional de GAF por violaciones al debido proceso y anula la sentencia de condena, ordenando que se actúe conforme a derecho.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa se inicia por recurso de apelación contra una sentencia de condena por infracción al art. 85 del Decreto Ley 8031/73, dictada por el juez de primera instancia, que impuso una multa de $100.107 y costas. La Cámara analiza la validez del acto de declaración contravencional de GAF, realizado el 13 de abril de 2025, y detecta irregularidades en su proceso, particularmente la falta de asistencia efectiva del defensor técnico y la inobservancia del derecho a asesoramiento previo, en violación del artículo 126 del decreto ley 8031/73 y del artículo 308 del Código Procesal Penal de la provincia, que garantiza la presencia y asesoramiento del defensor en la declaración del imputado. La declaración fue realizada sin la debida intervención del defensor, en circunstancias en que la notificación a la defensa fue tardía y no efectiva, constituyendo un vicio insubsanable que afecta la validez del acto y, en consecuencia, la sentencia condenatoria. La Cámara entiende que la vulneración de garantías constitucionales y procesales implica la nulidad absoluta de la declaración contravencional y lo obrado en esa causa, ordenando la devolución de las actuaciones al tribunal de origen para que se actúe conforme a derecho.
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