RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR DEF. OFICIAL, CONTRA RESOLUCIÓN DE FECHA 23/8/2025 QUE RECHAZA JUICIO ABREVIADO PRESENTADO EN EN EL MARCO DE CAUSA CAUSA Nº 244-25, INTERNO Nº4268 CARATULADA F. G., J. O. S/ ENCUBRIMIENTO AGRAVADO POR SER COMETIDO CON EL ANIMO DE LUCRO (ART. 277 INC 3 APARTADO B DEL C.P.) EN VILLA GESELL (IPP:03-04-413-25) J.C.N°3 - I-743.
La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirma la resolución del juez correccional que desestimó el acuerdo de juicio abreviado y rechazó la cesación de prisión preventiva, fundándose en la incapacidad psíquica del imputado para comprender el acto y participar en el proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor en la causa es Franco Galván Jesús Oscar, y la parte demandada es el Juez Correccional Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard. La causa versa sobre la impugnación de una resolución que desestimó un acuerdo de juicio abreviado y rechazó la prisión domiciliaria solicitada por la defensa, en un proceso por encubrimiento agravado. La Cámara confirma la decisión del juez, argumentando que la capacidad del imputado para comprender el acto y participar en el proceso está en duda debido a su estado psiquiátrico. Los informes periciales indican que Galván presenta esquizofrenia y trastorno bipolar, y no está en condiciones psíquicas plenas para afrontar un juicio, además de que no se verificó que su voluntad no estuviera viciada al aceptar el acuerdo. La resolución del juez, que desestimó su acuerdo y mantuvo su prisión preventiva, está ajustada a derecho y en consonancia con los informes psíquicos, que justifican la imposición de medidas de seguridad. La defensa argumentaba que la negativa implicaba una violación del debido proceso y una extralimitación, pero la Cámara sostiene que la decisión fue fundada en elementos objetivos y en la normativa aplicable.
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