.................... S/ ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACIÓN SOSPECHOSA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Provincia de Buenos Aires confirmó la condena y la pena impuesta a Angel Nicolás Zalazar por encubrimiento y receptación, rechazando los agravios de la defensa y manteniendo la pena de 2 años de prisión efectiva.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor es Angel Nicolás Zalazar, quien fue condenado por la sentencia de primera instancia a 1 mes y 15 días de prisión y costas, por ser coautor responsable de encubrimiento por receptación sospechosa y en concurso con hurto simple en grado de tentativa. La Cámara analiza los agravios de la defensa respecto a la tipificación y al carácter de la conducta, y concluye que la conducta de Zalazar fue claramente ilícita, pues estaba en posesión de un vehículo sustraído sin la documentación ni las condiciones para justificar su procedencia lícita, además de que huyó del lugar al notar la presencia policial, lo cual evidencia conocimiento del origen ilícito. En relación con el hecho de tentativa de hurto, la Cámara destaca que no hubo desistimiento voluntario, sino que Zalazar fue sorprendido en flagrancia y con acciones que revelan conocimiento de la ilicitud. La Sala rechaza los planteos de la defensa y confirma la sentencia de primera instancia en todos sus términos, incluyendo la pena de 2 años de cumplimiento efectivo. Fundamentos principales: "De acuerdo con lo manifestado en el acta de procedimiento, se observa que Zalazar carecía de documentación del vehículo y huyó del lugar al notar la presencia policial, lo que evidencia que estaba en posesión de un bien sospechoso de origen ilícito. La conducta del mismo, en particular su huida, sumada a la falta de documentación, son indicativos claros de conocimiento de la procedencia ilícita del vehículo, conforme a lo establecido en el artículo 277 del Código Penal. La defensa pretende argumentar que Zalazar desconocía la procedencia ilícita, pero ello resulta incompatible con las circunstancias del hecho, que permiten suponer que tenía conocimiento del origen ilícito."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: