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H.I, P. E. S/ABUSO SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA (IPP 03-02-4932-25) J.G.N°4

La Cámara de Dolores confirmó la medida restrictiva de libertad impuesta a Herdeli, argumentando que la misma es proporcional y garantiza el proceso en un caso de abuso sexual en grado de tentativa, sin afectar indebidamente derechos fundamentales.

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- Quién demanda: No se especifica, en el proceso penal es el Estado a través del Ministerio Público Fiscal.

¿A quién se demanda?

Pablo Eloy Herdeli, imputado en la causa por abuso sexual en grado de tentativa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La legalidad y fundamentación de la resolución que dispuso medidas cautelares restrictivas, específicamente la comparecencia semanal en la comisaría y la prohibición de ausentarse del radio del Partido de La Costa sin autorización.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la resolución del juez de garantías que dictó dichas medidas cautelares, considerando que la medida es adecuada, proporcional y necesaria para garantizar el proceso y la protección de la víctima.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El fundamento legal de la resolución adoptada se encuentra en el inciso 6° del art. 83 C.P.P.. La normativa citada en ningún momento requiere elementos de convicción suficientes sino solamente la denuncia y verosimilitud en lo expresado. Considero que se trata de una medida excepcional, esencialmente revocable, pero a la vez urgente, que la ley prevé en favor de quien aparece, prima facie como víctima de un delito, como también para el aseguramiento del proceso." "Debe tenerse en cuenta que, por la naturaleza de la medida, resulta mínima la afectación personal que implica para el imputado, en la que su deber sólo recaerá en presentarse semanalmente a la comisaría más cercana a su domicilio actual, y no ausentarse de la localidad de La Costa sin previa autorización judicial, más no impide el ejercicio de un derecho esencial cual es el de la libertad locomotiva del mismo." "Por todo lo expuesto, concluyo que debe confirmarse el tercer punto de la resolución en crisis, por encontrarse ajustado a derecho, y no vulnerar derecho alguno del encartado." Voto por la afirmativa. Yaltone adhirió al voto.

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