.................... S/ HURTO, VIOLACION DE DOMICILIO (UFI 1 IPP 2028-25) Y CAUSA AGREG.Nº 8813- I.P.P. Nº 17-00-7214-23 -
La Cámara de Trenque Lauquen confirma la condena por lesiones leves y otros delitos en juicio abreviado, rechazando la impugnación respecto a la valoración de las pruebas y la cuantificación de la pena, respaldando la decisión del juez de grado basada en una adecuada valoración probatoria y en el acuerdo de las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El imputado Braian Fernando Sosa fue condenado por delitos de violación de domicilio, hurto simple y lesiones leves en un procedimiento de juicio abreviado, en virtud de un acuerdo entre las partes y el Ministerio Público Fiscal. La sentencia fue fundamentada en pruebas como denuncia policial, acta de procedimiento, informe médico, inspección ocular, declaración testimonial de la víctima y su familia, reconocimiento de armas, y declaración del propio imputado, quien admitió haber lesionado a la víctima con un cuchillo en defensa propia. La valoración integral de la prueba permitió al juez de grado concluir que Sosa hirió a Sánchez en un brazo con un cuchillo, siendo la lesión calificada como leve, y que la prueba documental y testimonial respaldaba esta conclusión. La defensa alegó insuficiencia probatoria y cuestionó la fundamentación del monto de la pena, pero la Cámara consideró que las argumentaciones carecían de sustento y que la valoración probatoria había sido adecuada y suficiente. Además, se refirieron a la constitucionalidad del proceso de juicio abreviado y el derecho a revisión judicial, defendiendo la validez del acuerdo y la sentencia, que fue homologada y confirmada en todas sus partes. La decisión final fue homologar la sentencia condenatoria y rechazar los agravios del recurso de apelación.
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