------S/FISCAL APELA DENEGATORIA DE DECLINATORIA
La Cámara de Apelaciones resolvió aceptar la apelación del Ministerio Público Fiscal y ordenar que el juez de primera instancia declinara su competencia territorial en la IPP 16-00-007674-25/00, a favor de la jurisdicción de Merlo, Provincia de Buenos Aires, para garantizar una administración de justicia más eficiente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Darío Giagnorio, impugnó la decisión del juez Ricardo Luis Prati que no se pronunció sobre la declinatoria de competencia planteada en la IPP 16-00-007674-25/00. La Cámara analizó los antecedentes y consideró que la competencia territorial corresponde a la jurisdicción de Merlo, Buenos Aires, dado que la cuenta bancaria y los hechos relacionados con la disposición patrimonial se vinculan a esa localidad. La Cámara citó jurisprudencia de la CSJN y precedentes similares donde la competencia se atribuyó a la jurisdicción del domicilio del bien o del acto material principal del delito, priorizando la economía procesal y la pronta administración de justicia. La resolución sostiene que "la cuenta bancaria donde se destinaron los fondos del damnificado, correspondería a la localidad de Merlo, Provincia de Buenos Aires," por lo que corresponde que el juez de primera instancia deba declinar su competencia y remitir las actuaciones a la jurisdicción correspondiente. La decisión busca evitar retrasos en la investigación y garantizar el ejercicio del derecho de defensa. La Cámara destacó que precedentes, como el caso de Corrientes, confirman la tendencia a atribuir competencia a la jurisdicción donde se vincula el acto o bien principal del delito. Se revoca la resolución del juez y se ordena remitir las actuaciones a la jurisdicción de Merlo.
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