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LOPEZ VICTOR FABIO C/ GALENO ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La sentencia declara procedente la demanda por accidente de trabajo, inconstitucionalidad del artículo 7 de la Ley 23.928, y condena a Galeno ART SA a pagar la indemnización de $8.859.632,98, con intereses y costas.

Indemnizacion Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Inconstitucionalidad Competencia provincial Doctrina judicial Ley 24.557

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Víctor Fabio López, promovió demanda contra Galeno ART SA reclamando indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 13/02/2017, en el cual sufrió lesiones en la pierna derecha. La parte demandada reconoció el accidente y las prestaciones médicas otorgadas, pero cuestionó la cuantificación de la incapacidad y la constitucionalidad de ciertas normas legales. El tribunal acreditó el accidente, aplicó la normativa vigente al momento del siniestro (2017), y declaró la inconstitucionalidad del artículo 46 de la Ley 24.557 y de los artículos 21 y 22 del mismo cuerpo legal, por considerarlos inconstitucionales y en violación de la autonomía provincial. También rechazó los planteos de inconstitucionalidad respecto del artículo 7 de la Ley 23.928, aplicando el índice RIPTE para actualizar la condena. En cuanto a la incapacidad, se estableció un porcentaje de 6,66% de la Tasa de Ocupación, y se calculó la indemnización por daños derivados del accidente en $8.859.632,98, con intereses y actualización conforme doctrina judicial. La sentencia además impuso costas a la parte demandada, regular honorarios y dispuso el pago en la cuenta del actor. Fundamentos principales: "Se ha declarado la inconstitucionalidad del artículo 46 de la Ley 24.557, y de los artículos 21 y 22 del mismo cuerpo legal, por ser contrarios a la autonomía provincial y a principios constitucionales. La competencia de la justicia laboral provincial para entender en estos casos ha sido reafirmada, y la aplicación de normas federales en este ámbito resulta inconstitucional." "Respecto de la incapacidad, se valoró la pericia médica y psiquiátrica, ajustando el porcentaje a 6,66%, y se aplicaron las normativas vigentes para calcular la indemnización, resultando en la suma de $8.859.632,98, actualizada según el índice RIPTE y con interés del 6% anual." "Se dispuso además la inaplicabilidad del artículo 7 de la Ley 23.928, en virtud de la doctrina de la SCBA y la Constitución, estableciendo que la norma resulta inconstitucional por desconocer el principio de razonabilidad y el derecho de propiedad del trabajador."

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