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TROCCAIOLI RAUL OSCAR C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997

La demanda de revisión por accidente de trabajo y la resolución que confirma la incapacidad parcial y permanente del actor. El tribunal hace lugar a la acción y condena a la demandada a abonar una suma de 3.359.717,49 pesos, con intereses y costas.

Accidente de trabajo Incapacidad parcial y permanente Revision de resolucion comision medica Ley 24.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Raúl Oscar Troccaioli, promovió acción de revisión contra la resolución de la Comisión Médica que determinó no existencia de incapacidad por secuelas del accidente ocurrido el 5/10/2017. La causa fue promovida en el marco de un accidente de trabajo, en el que el actor sufrió traumatismos en rodilla y columna, y se alegaron secuelas incapacitantes. La parte demandada sostuvo que se brindaron prestaciones en especie sin incapacidad y que no corresponden indemnizaciones dinerarias. La sentencia, tras valorar la prueba, especialmente la pericia médica que determinó un 10,85% de incapacidad parcial y permanente, concluyó que el actor presenta una incapacidad que debe ser indemnizada. La resolución reconoce que la contingencia fue aceptada como accidente de trabajo, que se cumplió el trámite administrativo previo y que no hay controversia sobre la existencia del accidente. Se condena a la demandada a pagar la suma de $3.359.717,49, con intereses y costas. La sentencia también rechaza los planteos de inconstitucionalidad y confirma la competencia del tribunal. Fundamentos principales: "Así planteado, no existe controversia en cuanto a que: el actor sufrió un accidente de trabajo el 05/10/2017, que le ocasionó traumatismos en su rodilla izquierda y en la región lumbar. Que la contingencia fue aceptada como accidente de trabajo, y se brindaron prestaciones en especie, hasta el alta médica otorgada sin incapacidad. Que en la instancia administrativa previa se determinó que el siniestrado no presenta secuelas incapacitantes con motivo del hecho dañoso, lo que se impugna por medio de la acción que se intenta." "El informe pericial médico asigna un 16,05 % de incapacidad psicofísica, con una incapacidad física del 12 %, y un 3 % de incapacidad psíquica, conformando un 16,05 % de incapacidad total. La valoración del método de capacidad restante arroja un 10,85 % de incapacidad parcial y permanente, suficiente para hacer lugar a la demanda." "El análisis de las pruebas y la normativa aplicable permiten concluir que la parte actora ha probado la existencia de una incapacidad parcial y permanente del 10,85 %, que debe ser indemnizada conforme a la Ley 24.557 y sus modificatorias."

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