ACCINELLI ANA MARIA C/ HERZFELD PATRICIA S/ DESPIDO
La homologación del acuerdo conciliatorio en el proceso por despido, por un monto de $8.000.000, fue aprobada en virtud de que la conciliación no vulnera principos de orden público y contribuye a la celeridad procesal, homologando el acuerdo y ordenando su cumplimiento mediante depósito judicial en tres cuotas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Ana María Accinelli, demandó a Patricia Herzfeld por despido. Las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio en la audiencia del 09/09/2025, por el cual la demandada aceptó pagar $8.000.000 en tres cuotas, sin reconocer hechos ni derechos y a fines conciliatorios. El tribunal consideró que la conciliación, conforme al art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, no vulneraba orden público y favorecía la celeridad procesal. La homologación del acuerdo fue aprobada, estableciendo las condiciones de pago, costas a cargo de la demandada, y regulando honorarios y formalidades para su ejecución. El tribunal resaltó la importancia de la conciliación como mecanismo para concluir el proceso de manera eficiente, en línea con el principio de buena fe y la voluntad de las partes, y dispuso que las partes deben acreditar en autos los pagos y datos bancarios, y que la demandada debe realizar el depósito de la primera cuota en tiempo y forma, además de abonar la tasa de justicia. La sentencia detalla además las instrucciones para la regulación y pago de honorarios, y la notificación de las resoluciones. La decisión fue firmada en la fecha correspondiente, concluyendo en la homologación del acuerdo conciliatorio.
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