OSUNA CLAUDIO ALBERTO C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La sentencia reconoce la existencia de cosa juzgada sobre la indemnización por accidente laboral homologada en sede administrativa, y ordena el pago de honorarios y costas. La Cámara confirmó la decisión y declaró la firmeza del acuerdo homologado, resaltando que el acto administrativo adquiere carácter de cosa juzgada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, Claudio Alberto Osuna, demanda a Provincia Art S.A. por una indemnización derivada de un accidente ocurrido el 4/7/2020.
- La demandada, Provincia Art S.A., opone excepción de pago y cosa juzgada, y contesta demanda.
- La resolución administrativa del 11/04/2023 homologó un acuerdo entre el actor y la aseguradora, determinando una incapacidad del 7,90%, que fue aceptada por el actor.
- El tribunal concluye que la homologación del acuerdo adquiere autoridad de cosa juzgada administrativa, por lo que rechaza el reclamo y declara la extinción del proceso en esa instancia.
- Fundamenta que, según el art. 2, párrafo 8 de la Ley 27.348, las decisiones homologadas pasan en autoridad de cosa juzgada, y que la identidad de objeto entre el reclamo judicial y el acuerdo administrativo justifica la extinción del proceso. Además, regula los honorarios y costas en atención a la labor desarrollada y la índole del proceso.
- La sentencia establece que la homologación del acuerdo administrativo, por ser firme, impide la reapertura del reclamo judicial y confirma la inmutabilidad del acto administrativo en materia de incapacidad laboral.
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