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OSUNA CLAUDIO ALBERTO C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

La sentencia reconoce la existencia de cosa juzgada sobre la indemnización por accidente laboral homologada en sede administrativa, y ordena el pago de honorarios y costas. La Cámara confirmó la decisión y declaró la firmeza del acuerdo homologado, resaltando que el acto administrativo adquiere carácter de cosa juzgada.

Indemnizacion Accidente laboral Honorarios profesionales Proceso laboral Homologacion de acuerdo Cosa juzgada administrativa Ley 27.348 Buenos aires Ley 15.057 Inmutabilidad de decisiones administrativas

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, Claudio Alberto Osuna, demanda a Provincia Art S.A. por una indemnización derivada de un accidente ocurrido el 4/7/2020.
- La demandada, Provincia Art S.A., opone excepción de pago y cosa juzgada, y contesta demanda.
- La resolución administrativa del 11/04/2023 homologó un acuerdo entre el actor y la aseguradora, determinando una incapacidad del 7,90%, que fue aceptada por el actor.
- El tribunal concluye que la homologación del acuerdo adquiere autoridad de cosa juzgada administrativa, por lo que rechaza el reclamo y declara la extinción del proceso en esa instancia.
- Fundamenta que, según el art. 2, párrafo 8 de la Ley 27.348, las decisiones homologadas pasan en autoridad de cosa juzgada, y que la identidad de objeto entre el reclamo judicial y el acuerdo administrativo justifica la extinción del proceso. Además, regula los honorarios y costas en atención a la labor desarrollada y la índole del proceso.
- La sentencia establece que la homologación del acuerdo administrativo, por ser firme, impide la reapertura del reclamo judicial y confirma la inmutabilidad del acto administrativo en materia de incapacidad laboral.

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