VILTE JUAN PABLO C/ GALENO ART S A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La Cámara de Trabajo de General San Martín rechazó la apelación del trabajador y confirmó la resolución administrativa que dictaminó que no poseía incapacidad, ratificando la decisión de la Comisión Médica N°38. La decisión se fundamenta en la inexistencia de secuelas incapacitantes acreditadas tras el siniestro del 25/08/23.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, VILTE JUAN PABLO, demandó a GALENO ART S A alegando incapacidad psicofísica del 35% tras sufrir un accidente laboral el 25/08/23, en el que levantando rollos de tela de 50 kilos, sufrió un sobreesfuerzo. La Comisión Médica interviniente dictaminó que no presenta incapacidad vinculada al hecho. La parte actora planteó inconstitucionalidad del sistema de Riesgos del Trabajo, pero el tribunal concluyó que no se acreditaron secuelas incapacitantes. La resolución administrativa fue confirmada en instancia revisora, rechazando la apelación del trabajador y manteniendo la decisión que determinó que no existía incapacidad. La sentencia destaca que la inacción del actor respecto a la producción de prueba, sumada a la inexistencia de secuelas incapacitantes, sustenta el rechazo del reclamo.
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