ESPOSITO VANINA SOLANGE C/ MALFATTO RAUL JORGE S/ DESPIDO
Homologación de transacción en proceso por despido; el tribunal aprueba el acuerdo entre las partes y ordena su homologación, imponiendo costas a la parte demandada y regulando honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, ESposito Vanina Solange, demanda por despido a RAUL JORGE MALFATTO. Las partes celebraron una transacción que pone fin al proceso y solicitaron su homologación judicial. El tribunal analizó que la transacción fue celebrada por partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad y sin objeto nulo ni contraria leyes de orden público, citando jurisprudencia relevante ("Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido"). Además, consideró que la homologación confiere carácter de firmeza y eficacia jurídica a la transacción, y que corresponde homologar en los términos solicitados, con la excepción de lo dispuesto en la cláusula octava del acuerdo. El tribunal dispuso que las costas serán soportadas por el demandado RAUL JORGE MALFATTO, y reguló los honorarios profesionales, detallando montos, porcentajes, y obligaciones fiscales, además de los honorarios de la perito contadora, incluyendo las retenciones correspondientes. Finalmente, ordenó registrar, liquidar, notificar y acreditar el pago de tasas y honorarios. Fundamentos principales: "la transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, en la que no tiene objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público" (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC). Asimismo, la homologación "corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado". Se cita jurisprudencia: "Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido". La ley 15.057, art. 30, tercer párrafo, y las disposiciones sobre costas y honorarios también sustentan la decisión. No se observan disidencias en los votos.
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