MEDINA CARLOS ISMAEL C/ RAICEAR S.A. S/ DESPIDO
Se declara la caducidad de la instancia en un proceso por despido debido a inactividad procesal del actor, imponiendo costas a la parte demandante. La resolución confirma la pérdida del carácter de la causa por falta de impulso en los plazos legales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Carlos Ismael Medina, promovió demanda contra RAICEAR S.A por despido y reclamó la suma de $518.000. La causa quedó inactiva tras la respuesta del actor y la última actuación registrada fue el 20/08/2024, sin movimiento procesal posterior. El Tribunal intimó al actor en virtud del art. 12 de la ley 11.653 (reformada por la ley 15.057), pero transcurridos más de seis meses sin impulso, declaró la caducidad de la instancia. Se fundamenta que, según la SCBA, "el legislador al introducir en el ámbito del fuero laboral el instituto de la caducidad de la instancia en el art. 12 de la ley 11.653 estableció, en su segundo apartado, la posibilidad de que, una vez transcurridos los plazos establecidos para cada procedimiento, se la pudiera declarar, bajo ciertos requisitos de cumplimiento insoslayable para los tribunales como resultan ser: intimar a las partes en forma previa para que produzca actos útiles para la prosecución del proceso, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se procederá a decretar la caducidad de la instancia". La causa fue cerrada sin necesidad de reiterar emplazamientos, imponiéndose las costas a la parte actora y regulándose honorarios en conformidad a las normativas aplicables.
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