GOBBI MARCELA VIVIANA C/ ACE-AR GESTION DE SERVICIOS S.A. S/ DESPIDO
La homologación de acuerdo extrajudicial en reclamo por despido y la confirmación del acuerdo por parte del tribunal. La sentencia confirma la validez del convenio y regula honorarios y costas, considerando la utilidad de la pericia y beneficiando a la actora con gratuidad, con costas en el orden causado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, GOBBI MARCELA VIVIANA, demanda a ACE-AR GESTION DE SERVICIOS S.A. por despido.
- El tribunal homologó un acuerdo extrajudicial celebrado entre las partes por la suma de $3.000.000, con los detalles de pago y costas dispuestos en la resolución.
- El tribunal consideró que el acuerdo no vulnera principios de orden público, que representa una justa composición de derechos e intereses, y que la homologación produce efectos de cosa juzgada.
- La decisión fue fundamentada en que la conciliación es un modo válido de finalizar el juicio (art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y art. 30 de la ley del fuero), y que el acuerdo satisface las pautas legales y procesales.
- También se regulan honorarios profesionales, costas, y se ordena la liquidación de tasa de justicia, con gratuidad para la actora, excepto honorarios del perito contador, que serán soportados por la demandada.
- La sentencia destaca que la pericia fue útil y que el monto del acuerdo es conveniente, justificando la homologación y la imposición de costas en el orden causado.
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