AROSTEGUI CAMILA MARIA C/ REMUSINI LUCAS Y OTRO/A S/ DESPIDO
La sentencia condena por despido sin causa y otros rubros laborales, aplicando actualización y sanciones por conducta temeraria y maliciosa de los demandados. La decisión incluye condena de monto, intereses y declaración de conducta temeraria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Camila Arostegui, demanda por despido sin causa y otros rubros laborales, alegando ingreso en agosto de 2020 y despido en enero de 2023, sin registración adecuada ni pago de liquidación final. La sentencia confirma la existencia de vínculo laboral, acreditado por prueba testimonial y silencio de la demandada, y reconoce la procedencia de diversas indemnizaciones y multas, considerando la relación de valor que tienen las obligaciones laborales y la necesidad de actualización por inflación. Se condena a los demandados a pagar la suma de $11.638.545, con intereses del 6% anual desde el despido, y se declara la conducta temeraria y maliciosa, aplicando sanción con intereses adicionales. La resolución también ordena la acreditación de cuenta bancaria y el depósito de la suma en forma segura, con costas a la parte perdidosa. Fundamentos principales: El tribunal afirma que la relación laboral fue acreditada por la prueba y por la conducta de los demandados, quienes no negaron los hechos y mantuvieron una actitud contumaz. Se reconoce que la relación comenzó en agosto de 2020 y finalizó en enero de 2023, por despido directo sin causa. La liquidación se calcula en base a la escala salarial vigente, considerando la antigüedad y los rubros reclamados, y se actualiza conforme a la jurisprudencia que permite la indexación en obligaciones de valor, dado que la ley 23.928 fue declarada inconstitucional en su prohibición de indexar créditos laborales. La conducta de los demandados, que omitieron el pago y obstaculizaron la liquidación, es considerada temeraria y maliciosa, y se impone sanción con intereses adicionales. La sentencia ordena el depósito en cuenta bancaria, con plazo para su cumplimiento, y establece costas a la demandada.
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