MARQUEZ JUAN RAMON S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
La sentencia revisa y confirma la declaración de incapacidad de Juan Ramón Marquez, limitando su capacidad a actos de administración simple y requiriendo apoyo judicial para actos de disposición. La decisión se basa en informes periciales que ratifican su cuadro de retraso mental moderado y establece medidas de apoyo y supervisión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Juan Ramón Marquez, fue declarado incapaz mediante sentencia previa de 2016, y en el presente proceso se realiza una revisión de esa declaración. La jueza Alejandra Salvioli, considerando informes interdisciplinarios y evaluaciones médicas, concluye que la condición del causante persiste y requiere restricciones a su capacidad jurídica, además de un sistema de apoyo judicial. Los informes periciales, en particular el de 2025, mantienen el diagnóstico de retraso mental moderado, con pronóstico reservado y de irreversibilidad, y destacan que el causante continúa residiendo en la vivienda heredada, percibiendo pensión y recibiendo asistencia del centro de día "Medio Camino". La jueza fundamenta que la normativa vigente y los informes médicos avalan la subsistencia de la incapacidad, reafirmando la necesidad de protección jurídica y asistencia, y dispone la continuidad de la restricción de capacidad, con apoyo judicial a través de la curadora oficial y un sistema de supervisión semestral. La sentencia también ordena acciones para regularizar la situación edilicia y financiera del beneficiario, y establece el acompañamiento judicial necesario para la toma de decisiones que afecten su patrimonio y vida cotidiana.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: