CHIRINO DANTE ARMANDO C/ OCUPANTES Y/O INTRUSOS USURPADORES Y OTROS S/ INTERDICTO DE RECOBRAR
La sentencia ordena la ejecución de honorarios y el embargo de un automotor en favor de las letradas patrocinantes de los demandantes, confirmando la deuda y aplicando intereses conforme a la ley. La resolución establece que, en caso de no pago, se procederá con la liquidación de fondos y el registro correspondiente, imponiendo además costas a la parte vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor):
- Dras. María Clara Jayat Varela y María Lucía Olivero, en su carácter de letradas patrocinantes de los demandantes.
A quién se demanda (Demandado):
- Dante Mario Chirino.
Qué se reclama (Objeto de la demanda):
- Ejecución por honorarios profesionales, embargo sobre automotor dominio JXE 545, y cobro de suma de dinero correspondiente a honorarios y aportes previsionales.
Qué se resolvió (Decisión del tribunal):
- Se ordena llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado, equivalente a 1.789.030,12 pesos, con intereses del 12% anual desde la mora el 7 de julio de 2025 y sin aplicar tasa sobre aportes previsionales. Se imponen las costas a la parte vencida y se advierte que no se practicará liquidación hasta la existencia de fondos en autos. Se difiere la regulación de honorarios hasta el momento procesal oportuno.
Fundamentos principales de la decisión:
- La jueza fundamenta la decisión en la normativa vigente, específicamente los arts. 2, 3, 552 y 768 del C.C.C., y la ley 14.967, aplicando la tasa del 12% anual desde la mora. La notificación del embargo y la citación de venta se realizaron sin oposición del ejecutado, por lo cual procede la ejecución en los términos solicitados. La actualización de los aportes previsionales se realiza en función del valor del JUS, sin aplicar intereses adicionales conforme a la resolución del Directorio de la Caja de Abogados en julio de 2024. La resolución también señala que la liquidación no se practicará hasta que haya fondos disponibles y se incluyen las instrucciones para registrar y notificar a las partes.
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