TARASIUK MARTA SUSANA S/DETERMINACION DE CAPACIDAD JURIDICA
Sentencia que restringe la capacidad jurídica de Marta Susana Tarasiuk tras un informe interdisciplinario que evidencia retraso mental, epilepsia y síndrome orgánico cerebral. Se establece un sistema de apoyo y una revisión en tres años con medidas de protección y administración de bienes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia se dictó en un proceso de determinación de capacidad jurídica de Marta Susana Tarasiuk, quien presenta retraso mental, epilepsia, hemiparesia y síndrome orgánico cerebral, según el informe interdisciplinario adjuntado en marzo de 2023 y la entrevista personal de febrero de 2025. La jueza considera que, aunque mantiene su capacidad jurídica, ésta se encuentra restringida en ciertos actos, especialmente en la administración de su patrimonio, en gestiones relacionadas con la salud, y en su participación en procesos judiciales. La decisión se fundamenta en el cambio de paradigma respecto a los derechos de las personas con discapacidad, en la normativa internacional y nacional, y en el informe médico-evaluatorio que evidencia la necesidad de protección y apoyo. Se designa a la Curaduría Oficial de Alienados como sistema de apoyo, con facultades de representación en actos patrimoniales y judiciales, y se establecen pautas para respetar y promover la autonomía de la causante. La revisión de la incapacidad se fija en tres años, con la obligación de solicitar una nueva evaluación y pericia interdisciplinaria, manteniendo la protección de los derechos y bienes de la persona. Se imponen costas y se dispone la inscripción en registros públicos y de capacidad.
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