BOGLIOLO VERONICA C/ BONGIORNO WALTER OSCAR S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951
Sentencia que ordena continuar la ejecución de honorarios de mediación, confirmando la procedencia del reclamo y el monto reclamado, conforme a la normativa aplicable y sin oposición del demandado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, BOGLIOLO VERONICA, demandó a BONGIORNO WALTER OSCAR en ejecución de honorarios de mediación por un monto de $791.124,50. La sentencia hace lugar a la ejecución, ordenando que se lleve adelante hasta que el ejecutado pague la suma reclamada, más intereses desde la fecha de mora (30/5/23). La resolución indica que la obligación fue determinada conforme a la opción elegida por la ley 14.967, tomando como referencia el valor del JUS al momento de la mora ($9.950). Además, se deja constancia que el importe fue calculado en base a la opción de interés más alta que cobra el Banco de la Provincia de Bs. As., y que las costas fueron impuestas al demandado vencido. La sentencia destaca que el demandado no opuso excepciones legítimas y que se cumplió con la citación de venta, por lo que la ejecución continúa en los términos solicitados.
Fundamentos principales:
“Al estado de autos, habiéndose cumplido con la citación de venta que dispone el art. 503 del C.P.C.C. que fuera ordenada a fs. 20, debidamente notificada por cédula de fs. 21 y no habiendo la ejecutada opuesto excepciones legítimas (art. 504 del C.P.C.C.) en el plazo previsto por la norma legal citada, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar.”
“En consecuencia, RESUELVO: Hacer lugar a lo solicitado, y de conformidad con lo prescripto por los arts. 31 del Decreto 600/21, Ley 14.967 y art. 506 del C.P.C.C., mandar llevar la ejecución adelante hasta tanto el incidentado BONGIORNO WALTER OSCAR haga a la acreedora BOGLIOLO VERONICA íntegro pago del importe reclamado, de 79,51 JUS equivalente a PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL CIENTO VEINTICUATRO CON 50/100 CTAVOS ($ 791.124,50.-), en concepto de capital reclamado, con más la tasa de intereses mas alta que cobra el Banco de la Provincia de Bs. As. (conforme prescripto por el art. 54 inc. b de la ley 14.967), desde la fecha de mora (30/5/23) hasta el efectivo pago, costos y costas de la ejecución (art. 68 y conc. del CPCC).”
“Se deja constancia que el importe reclamado, $791.124,50.
- fue determinado conforme a la opción elegida (art. 54 inc b de la Ley
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