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GEIER SABRINA ANGELICA S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sentencia declara en la sucesión ab intestato de Sabrina Angélica Geier a sus hijos Ilai Salvador Forzati y Martina Guadalupe Caamaño como herederos universales. La resolución se basa en el cumplimiento de los requisitos legales, documentación probatoria y publicación de edictos, confirmando la condición de herederos según la ley 10.205 y el CCCN. La decisión fundamenta que los certificados de nacimiento, el certificado de fallecimiento y la publicación de edictos cumplen con las exigencias legales, y que los herederos son los hijos del causante. La resolución también dispone la notificación electrónica a las partes y al Ministerio Fiscal, con la constancia de que el Ministerio Fiscal se considerará informado por silencio administrativo.

Sucesion ab intestato Declaracion de herederos Notificacion electronica Edictos Herederos universales 2426 Arts. 2424 737 cpcc Ley 10.205 Arts. 735 Herederos hijos 2433 cccn Proceso testamentario Certificados de nacimiento y fallecimiento

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La sentencia fue dictada en el expediente "GEIER SABRINA ANGELICA S/ SUCESION AB-INTESTATO".
- La causa radica en la declaración de herederos de Sabrina Angélica Geier, fallecida el 07 de abril de 2024.
- Se acreditó la existencia del fallecimiento mediante certificado, y la filiación de los hijos Ilai Salvador Forzati (nacido el 03/10/2020) y Martina Guadalupe Caamaño (nacida el 31/10/2007).
- La resolución dispuso que, en atención a lo solicitado y conforme a los arts. 2424, 2426 y 2433 del CCCN, en combinación con los arts. 735 y 737 del CPCC, y lo dictaminado por la Fiscalía y el Asesor de Incapaces, le corresponden en sucesión los hijos del causante.
- Se realizó la publicación de edictos conforme a la ley 10.205, y se cumplió con el trámite del oficio al Registro de Testamentos, certificando la conformidad legal.
- La resolución fundamenta que las constancias obrantes en autos acreditan de manera suficiente la relación de parentesco y la condición de herederos, y que se cumplió con todos los requisitos legales para la declaración de herederos.
- Se dispuso la notificación electrónica a las partes y al Ministerio Fiscal, estableciendo que este último se considerará informado por silencio tras el vencimiento del plazo legal.
- La decisión se fundamenta en que la documentación y los procedimientos seguidos cumplen con los requisitos del ordenamiento jurídico vigente, y que no existen dudas sobre la condición de los herederos.

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