LEDESMA ANGEL ADOLFO S/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
La sentencia mantiene la declaración de limitaciones a la capacidad jurídica de Angel Adolfo Ledesma por discapacidad intelectual moderada. La resolución respeta el paradigma de autonomía y dignidad, estableciendo un sistema de apoyo y representación para decisiones patrimoniales y médicas, en línea con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte demandante, el Asesor de incapaces, solicita la revisión y dictamen sobre la capacidad jurídica del causante, Angel Adolfo Ledesma.
- La parte demandada es Angel Adolfo Ledesma, quien padece de discapacidad intelectual moderada.
- La demanda busca mantener la restricción de su capacidad jurídica para actos de disposición y administración de bienes, así como para consentimientos informados, con apoyo de un curador oficial.
- La resolución del tribunal, tras análisis de pericias y contacto personal, concluye que Ledesma no posee autonomía para actividades básicas de la vida diaria ni para actos complejos de administración patrimonial o decisiones médicas, justificando la restricción de su capacidad jurídica.
- La sentencia destaca que la discapacidad adquirida es crónica e irreversible, y que el nuevo paradigma en derechos humanos y de discapacidad busca fortalecer la autonomía mediante sistemas de apoyo.
- La resolución mantiene restringida la capacidad de Ledesma, designa un curador oficial para su representación y ordena su inscripción en el Registro de Personas de la provincia.
- La decisión se fundamenta en la normativa internacional y nacional, en especial la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y en los informes periciales y entrevistas personales.
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