HECKEL OSVALDO ABELARDO C/ STAUTINER GASTON SEBASTIAN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
La demanda por daños y perjuicios contra el conductor y la aseguradora fue rechazada por falta de pruebas concluyentes que acreditaran la participación del demandado en el siniestro. La sentencia fundamenta la inexistencia de prueba suficiente y la improcedencia de la responsabilidad objetiva.
Quién demanda: Osvaldo Abelardo Heckel.
¿A quién se demanda?
Gastón Sebastián Stautiner, A.J.F. Logística S.R.L. y en garantía, San Cristóbal Sociedad Mutual de Seguros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños materiales y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 11 de enero de 2016, incluyendo reparación de vehículos, depreciación, privación de uso, gastos de mediación y obtención de informe de dominio, totalizando una suma superior a los $200.000.
¿Qué se resolvió?
La demanda fue rechazada en su totalidad por insuficiencia probatoria. La prueba pericial desacreditó la afirmación del actor, concluyendo que no hay elementos que vinculen al demandado Stautiner con los daños reclamados. La declaración de rebeldía de A.J.F. Logística y la falta de prueba confesional de la parte actora refuerzan la decisión. La sentencia destaca que "los elementos probatorios no permiten establecer la participación del demandado en el siniestro" y que "el dictamen pericial carece de sustentación científica". Se impusieron las costas al actor, siendo éste vencido en el proceso. Fundamentos principales de la decisión: "De acuerdo con lo que establece el art. 474 del CPC, la fuerza probatoria del dictamen pericial debe ser estimada por el juez teniendo en consideración la competencia de los peritos, la uniformidad o disconformidad de sus opiniones, los principios científicos en que se fundan, la concordancia de su aplicación con las reglas de la sana crítica y demás pruebas y elementos de convicción que la causa ofrezca. En el caso, estos elementos no existen, el perito no expone los principios científicos en que se funda, y sus conclusiones se dan de bruces con las reglas de la sana crítica ya que no hay un solo punto de apoyo que las sustenten, por lo que ningún valor probatorio cabe asignarle." "En consecuencia, no hay elemento de juicio que vincule al camión Volkswagen dominio HRE370 con los daños cuya reparación reclama el actor. La declaración de rebeldía de A.J.F. Logística no puede suplir la prueba, y la negativa del demandado Stautiner de reconocer su participación en el hecho, sumada a la ausencia de testigos y a la insuficiencia de la prueba pericial, lleva a concluir que la responsabilidad no ha sido acreditada."
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