DIAZ MARCELA ALEJANDRA C/ GORRITI SORAYA EUGENIA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Se homologó un acuerdo en el expediente por daños y perjuicios en un accidente automovilístico. La Cámara aprobó el acuerdo y reguló los honorarios profesionales conforme a la ley, considerando el monto del acuerdo y la labor de las partes, con costas a cargo de la citada en garantía.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Alejandra Diaz, demanda a Gorriti Soraya Eugenia y otro por daños derivados de un accidente automovilístico. La sentencia homologó un acuerdo entre las partes, estableciendo el monto del acuerdo en 3.600.000 pesos y regulando los honorarios profesionales de los abogados y peritos involucrados. La decisión se fundamenta en que "la aplicación estricta del art. 31 del Decreto 600/21 conduce a un monto notoriamente desproporcionado si se lo confronta con el contenido económico del litigio, la entidad de la labor efectivamente cumplida y las retribuciones reconocidas a los profesionales intervinientes en el trámite judicial". Se destaca que "las providencias que regulen honorarios deberán ser notificadas personalmente, por cédula a sus beneficiarios, al mandante o patrocinado y al condenado en costas, si lo hubiere". La homologación se realiza en los términos del art. 308 del C.P.C., con costas a cargo de la citada en garantía.
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