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COSSETTA ALEJANDRA PATRICIA C/ RIOS ANA BELEN Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El juez homologó en todas sus partes un acuerdo de partes y reguló honorarios de profesionales y peritos en un proceso por daños y perjuicios en un accidente automotor. La decisión se fundamenta en la ley 14.967 y en la evaluación de los trabajos realizados, estableciendo los montos y condiciones de pago.

Danos y perjuicios Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Proceso civil Mediacion Accidente automotor Homologacion de convenio Sentencia judicial Ley 14.967 Peritos oficiales

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandante, Alejandra Patricia Cossetta, promovió un proceso contra Ana Belén Ríos y otros, por daños y perjuicios derivados de un accidente automotor. La parte demandada y la actora alcanzaron un acuerdo, que fue homologado por el juez en la presente resolución, en virtud del estado del trámite y del convenio presentado el 29/11/2024. La sentencia destaca que se homologó el acuerdo en sus términos y con las aclaraciones solicitadas, con costas a cargo de Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada, en atención a lo pactado. Además, se regulan los honorarios de los profesionales intervinientes: Dr. Oscar Laureano Pissano, Dr. José Carlos Caluch, perito ingeniero Javier Telmo Ferretti, perito médico Dr. Juan Ignacio Cosentino y la mediadora Dra. María Jimena Ferrari. La resolución indica que, tras un análisis, no corresponde homologar el convenio de honorarios suscripto entre la actor y su letrado, por exceder el objeto del proceso, sugiriendo tramitarlo por vía separada. Fundamentos principales: "Atento lo oportunamente solicitado por las partes, teniendo en cuenta el estado del trámite, lo que resulta del convenio de partes que se adjuntara en fecha 29/11/2024 y en orden a lo dispuesto por los arts. 308 del C.P.C.C. y 1643 del C.C.C.N.;" "Homologo en todas sus partes el acuerdo, sobre las bases allí indicadas y con la aclaración formulada en el apartado 7." "Se regula la honorificación a los profesionales y peritos en conformidad con la normativa aplicable, estableciéndose los montos y condiciones de pago, con las cargas impositivas correspondientes." "Se deja constancia que, haciendo un nuevo análisis del caso traído a consideración, entiendo en este caso particular que no corresponde homologar en convenio de honorarios suscripto entre la actora y su letrado [...] por exceder dicho tópico el objeto del presente proceso; debiendo, en su caso, ocurrir por tramite separado y peticionar en consecuencia."

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