CASTRO RICARDO ADOLFO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia ordena la inscripción de la Declaratoria de Herederos y la documentación relacionada en autos, conforme a lo dispuesto por el CPCC. La resolución también regula los requisitos formales y fiscales para la inscripción y notifica a las partes de los procedimientos a seguir.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La jueza Laura Elizabeth Mato ordena la inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en autos del 17/04/2024 respecto del inmueble inscripto en la matrícula N° 140615, Circunscripción IV, Sección H, Manzana 87 Parcela 24.
- Se dispone que las actuaciones se pongan en conocimiento de la Secretaría para que, en un plazo de diez días, las partes puedan formular oposiciones si las estiman pertinentes.
- Además, se ordena la emisión de instrumentos registrales y la verificación del cumplimiento de requisitos fiscales, como la presentación de valuaciones, declaraciones juradas, pago de tasas y contribuciones, y cumplimiento de normativas tributarias relacionadas con el impuesto a la transmisión gratuita de bienes.
- La sentencia fundamenta la resolución en la normativa procesal civil (arts. 765, 766 del CPCC) y la legislación fiscal y registral aplicable, citando resoluciones de la SCBA y normas complementarias. Se enfatiza la necesidad de verificar la documentación tributaria y registral antes de proceder a la inscripción.
- La resolución también señala la obligatoriedad de cumplir con requisitos específicos, como la presentación del Título de Propiedad, la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), la Declaración Jurada Patrimonial y el pago de tasas y contribuciones fiscales.
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