SILES ANTONIO LUIS (62) S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia ordena la acumulación de procesos sucesorios por conexidad, declarando abierto el juicio sucesorio de Antonio Luis Siles y efectuando las diligencias procesales correspondientes, fundamentándose en la conexidad por relación de parentesco y transmisión de bienes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La jueza Laura Elizabeth Mato resolvió admitir la radicación por conexidad de los procesos sucesorios de Antonio Luis Siles y la causa "AUDUBERT MARIA Y SILES ANTONIO S/ SUCESION AB INTESTATO (21)", en trámite en este organismo. La decisión se fundamenta en el artículo 731 del CPCC, que permite la acumulación de juicios sucesorios cuando hay identidad de masa hereditaria y/o relación de parentesco, con el fin de optimizar recursos y evitar duplicación de trámites. La magistrada precisó que los actores, Antonio Siles y Dora María Audubert, son progenitores del causante, por lo cual existe identidad de masa hereditaria, y que los bienes transmitidos en ambos procesos justifican la acumulación. Además, se ordena la apertura del juicio sucesorio, publicación de edicto y la realización de distintas diligencias para la acreditación de derechos, incluyendo informes sobre testamentos y registro de bienes, en línea con las disposiciones del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia. La resolución se basa en la doctrina y jurisprudencia que avalan la acumulación por conexidad en procesos sucesorios vinculados. No se reportan votos disidentes.
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