BARBA ALEJANDRO DANIEL C/ GONZALEZ IVAN LEONEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Homologación de acuerdo extrajudicial en causa por daños y perjuicios en accidente automovilístico. La Cámara homologó el convenio, impuso costas y reguló honorarios profesionales y de mediación, considerando las normativas vigentes y principios de proporcionalidad y justicia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Alejandro Daniel Barba, demanda en el expediente "Barba Alejandro Daniel c/ Gonzalez Ivan Leonel y otro/a s/ daños y perjuicios por accidente automovilístico". La causa se encuentra en etapa de homologación de un acuerdo extrajudicial alcanzado por las partes. La Cámara analiza la validez del convenio según lo dispuesto en el artículo 308 de la ley de enjuiciamiento civil y en el artículo 1641 del CCCN, concluyendo que el acuerdo exterioriza la voluntad de las partes y no presenta vicios que afecten su validez. Se verifica el cumplimiento de los requisitos legales y, en consecuencia, se homologa el acuerdo. Además, se imponen las costas en el orden causado, excepto en la cláusula cuarta, y se regula el monto de la tasa de justicia, que asciende a $1.179.200, con un recargo del 10%. Se regulan honorarios de abogados, peritos y mediadores, asegurando una remuneración proporcional y justa conforme a las escalas legales y principios de proporcionalidad. La resolución destaca que la finalidad del régimen de honorarios es garantizar una retribución digna, proporcional y moral, ajustada al monto del acuerdo y a la labor efectuada. Se requiere a la parte actora que indique la acción a seguir respecto al beneficio de litigar sin gastos, y se ordenan notificaciones a las partes y profesionales intervinientes. La resolución se basa en los arts. 162, 308 y cctes. del Código Procesal, y en las normativas de la ley 14.967 y leyes complementarias, en concordancia con los principios de legalidad, justicia y proporcionalidad.
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