L, O. c/ OMINT s/AFILIACIONES
La Cámara Federal de Mar del Plata revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y dicta en favor de la apelante, modificando la imposición de costas y ordenando que sean a cargo de la parte vencida en ambas instancias. La decisión se fundamenta en que el proceso se basó en una interpretación de la ley de amparo y en que la parte actora omitió información relevante en su declaración jurada. La Cámara argumenta que la normativa y la jurisprudencia aplicable establecen que las costas deben ser impuestas a quien resulta vencido, y que en este caso, la parte actora no actuó conforme a los principios de buena fe procesal, lo que justifica la modificación del fallo y la imposición de costas.
- Quién demanda: O. L. (actora)
¿A quién se demanda?
OMINT S.A. (demandada)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
nulidad de la negativa de cobertura de salud y la imposición de costas, en el marco de una acción de amparo por cobertura médica.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar al recurso de apelación, revocando parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenando que las costas sean a cargo de la parte vencida en ambas instancias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara destacó que el proceso se basó en una interpretación correcta de la ley de amparo, y que la actora omitió informar sobre las dolencias de su conviviente a pesar de estar debidamente asesorada. La sentencia de primera instancia no consideró que la parte actora había actuado con dolo o mala fe, pero la Cámara concluyó que su conducta fue incorrecta y que por ello correspondía imponer las costas a la parte vencida, en línea con el principio general de que las costas deben seguir la derrota (art. 68 del CPCCN). Se enfatiza que las costas no implican sanción, sino resarcimiento por gastos procesales y que, en este caso, la conducta de la actora justificaba la decisión de la Cámara.
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