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ALONSO, LUIS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Bahía Blanca resolvió modificar la sentencia de primera instancia, rechazando algunos agravios y aceptando otros, en especial, declarando la inconstitucionalidad de normas que limitaron la movilidad previsional en los años 2022 y 2023, y ordenando la actualización del haber previsional del actor conforme a los parámetros establecidos en la sentencia.

Inconstitucionalidad Ipc Seguridad social Inflacion Derechos sociales Principios constitucionales Movilidad previsional Actualizacion del haber Reparacion. Leyes 27.609/2022-2023

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora demanda por la movilidad de su beneficio previsional, reclamando la actualización de su haber y cuestionando la constitucionalidad de leyes que limitaron dicha movilidad.
- La Cámara revisó la constitucionalidad de las normas de movilidad y la adecuación a los principios constitucionales y tratados internacionales, concluyendo que las leyes 27.609 y otras, en los años 2022 y 2023, resultaron inconstitucionales por no garantizar una movilidad adecuada ante la crisis inflacionaria.
- La Cámara ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social actualizar el haber previsional del actor en los términos establecidos, considerando las variaciones del IPC de acuerdo a los meses indicados, y declaró la inconstitucionalidad de los artículos que limitaron la movilidad en los años señalados.
- Además, se rechazaron los agravios respecto a la redeterminación del haber inicial y las costas fueron impuestas a la vencida.
- La decisión se fundamenta en que la fórmula legal para la movilidad en esos años resultó insuficiente y contraria a la Constitución, por lo que se declaró la inconstitucionalidad y se ordenó la reparación del daño.

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