MARTINEZ, JESICA VANESA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión de la Comisión Médica Central de no acreditar la invalidez requerida para acceder al beneficio de retiro por invalidez, basándose en el informe del Cuerpo Médico Forense, que concluyó con un 43% de incapacidad laborativa.
Quién demanda: Jesica Vanesa Martinez
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso contra la resolución de la Comisión Médica Central que consideró no acreditado el requisito de invalidez para el beneficio de retiro por invalidez.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró admisible el recurso de apelación y confirmó lo resuelto por la Comisión Médica Central, manteniendo el rechazo al reconocimiento del beneficio. Fundamentos principales de la decisión: "La solución propiciada concuerda con la discernida por la C.S.J.N. en situaciones análogas, como ser, entre otras, por sentencia del 26.12.17 in re RECURSO DE HECHO “SOSA C/ ANSES S/ RETIRO POR INVALIDEZ (ARTICULO 49 P4 LEY 24241)”". "Que, de acuerdo a lo dispuesto por el art. 49 punto 4 de la ley 24241, el Cuerpo Médico Forense produjo el informe de fecha 22.5.25, que en base a las consideraciones médico legales que desarrolla, concluye reconociendo la existencia de una incapacidad laborativa a los fines previsionales del 43%". "Que, el informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa; máxime si se tiene presente que aquellos no resultan conmovidos por las observaciones formuladas por la parte actora en oportunidad de contestar el traslado que de aquel se le corriera a las partes". "Que contra el dictamen de la Comisión Médica Central que considera no acreditado el requisito de invalidez exigido por la normativa vigente para acceder al beneficio, se dirige el recurso de apelación de la parte actora que, apreciado con criterio amplio, reúne los recaudos que hacen a su admisibilidad formal".
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