GUIDO OSVALDO DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revisó parcialmente la sentencia que ordenó la redeterminación de haberes previsionales y analizó la constitucionalidad de las leyes y normas que regulan la movilidad de las jubilaciones. La Cámara confirmó que las pautas legislativas son razonables y constitucionales, dejando pendiente la revisión del haber inicial en etapa de ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora y la parte demandada impugnan aspectos relacionados con la redeterminación del haber inicial y la movilidad de las prestaciones previsionales. La Cámara analizó la constitucionalidad de las leyes 27.426, 27.541, 27.609 y sus decretos reglamentarios, concluyendo que dichas normas no vulneran el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Se destacó que el Congreso tiene la facultad de establecer los índices de movilidad y que las pautas elegidas por la legislación son razonables y no arbitrarias, en línea con precedentes jurisprudenciales, incluyendo fallos de la CSJN. La Cámara también abordó la validez del marco legal de emergencia y las delegaciones legislativas en contextos de crisis, concluyendo que no existen elementos que permitan declarar la inconstitucionalidad de dichas normas. Se ratificó que las actualizaciones de remuneraciones y los métodos de movilidad son ajustados a principios constitucionales y jurisprudenciales, y que las costas del proceso serán a cargo de la parte vencida, con las excepciones pertinentes en la liquidación futura. La decisión deja pendiente la revisión del haber inicial en etapa de ejecución, conforme a lo dispuesto en la jurisprudencia.
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