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LORENZON, VILMA LEONOR c/ ARCA Y OTRO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

La sentencia de primera instancia declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen del impuesto a las ganancias sobre las jubilaciones, ordenó el reintegro de los montos retenidos, y condenó a las demandadas a abstenerse de realizar futuras retenciones, fundamentando que dichas retenciones afectan el carácter alimentario de los beneficios previsionales y constituyen doble imposición, en línea con la jurisprudencia nacional y constitucional, incluyendo fallos de la CSJN. La sentencia también rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva y dispuso costas y honorarios en favor de la actora.

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- Quién demanda: Vilma Leonor Lorenzon

¿A quién se demanda?

ARCA y la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos (CJPER)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre las jubilaciones, orden de devolución de los montos retenidos y prohibición de futuras retenciones.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, declarando la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen de impuesto a las ganancias sobre beneficios previsionales y ordenando el reintegro de los montos retenidos y la cesación de futuras retenciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El haber previsional tiene por finalidad esencial asegurar la subsistencia frente a la contingencia vejez y se encuentra protegido por la Constitución Nacional y normas de jerarquía superior. La mengua del haber previsional mediante la retención en concepto de impuesto a las ganancias afecta su finalidad y constituye doble imposición, pues el beneficiario ya tributó por los aportes y el trabajo previo. La jurisprudencia de la CSJN en Fallos 332:1571 y 297:500 sostiene que los beneficios previsionales no son ganancias, sino una prestación social, y que la imposición sobre ellos vulnera derechos constitucionales. La Ley 20628 y sus modificatorias, así como las decisiones judiciales del máximo tribunal, avalan esta interpretación. Por ello, la normativa que grava las jubilaciones con el impuesto a las ganancias resulta inconstitucional y debe ser declarada inaplicable."

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