GALLARDO, ANA CAROLINA c/ BANCO SANTANDER RIO S.A. s/DESPIDO
La Cámara de Apelaciones en lo Trabajo confirmó la procedencia del despido indirecto por errónea categorización y diferencias salariales, ajustando la condena a $363.799,46, y mantuvo la sanción por incumplimiento del artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, además de aplicar tasas de interés y actualización según índices oficiales.
¿Quién es el actor?
Ana Carolina Gallardo
¿A quién se demanda?
Banco Santander Río S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnizaciones por despido, diferencias salariales, certificados y sanciones conexas.
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirmó la procedencia del despido indirecto debido a errónea categorización, ajustó el monto de condena a $363.799,46, y ratificó la sanción por incumplimiento del art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la prueba testimonial y documental, concluyendo que la actora desempeñaba funciones de jefa de división y no auxiliar, y que la descalificación funcional fue injustificada y configuró falta grave. Respecto al interés y actualización, la Cámara aplicó índices CER y tasa del 6% anual, rechazando sistemas de actualización mecánica y resaltando la inconstitucionalidad del artículo 7° de la ley 23.928. Además, se desestimaron reclamos por horas extras y daño moral. La sentencia también consideró que la liquidación final se realizó correctamente y que la sanción del art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo fue procedente por incumplimiento formal.
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