CAVALLO, VIRNA NATALI c/ OPERADORES DE ESTACIONES DE SERVICIOS S.A. s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en Sala VI confirmó la condena por despido y ajustó el monto de la indemnización, además de modificar criterios respecto a intereses y costas, en un fallo que analiza aspectos jurídicos y económicos del caso.
- Quien demanda (Actor): Virna Natalí Cavallo
Demandado: Operadores de Estaciones de Servicios S.A.
Objeto: Despido injustificado, pago de indemnización, complementos por antigüedad y vacaciones no gozadas, intereses y punición del artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Decisión: La Cámara confirmó la condena, ajustó el monto a $597.339,29, dejó sin efecto la capitalización de intereses, y rechazó incrementar la compensación por antigüedad con incidencia del aguinaldo. Además, se impusieron costas a la demandada y honorarios a las partes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara reafirmó que la falta de acreditación de control médico en 2018 no habilitaba el despido ni la impugnación basada en esa circunstancia, aplicando la doctrina de los actos propios. Respecto a la reclamación por antigüedad, se consideró que el plenario "Tulosai" es de aplicación obligatoria y que el aguinaldo se devenga día a día, por lo que no se ajustó el monto por esa vía. Se estimó que la inclusión del monto adeudado en concepto de ley 25.323 es procedente, elevando la condena a $590.191,10. En materia de intereses, se dejó sin efecto la capitalización y se aplicó interés del 3% anual, considerando la política monetaria, la doctrina constitucional y la jurisprudencia de la CSJN, rechazando la actualización nominalista y la indexación por la inflación. La decisión se basa en la protección del valor de la moneda y la política económica del país, en línea con las doctrinas constitucionales y precedentes judiciales.
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