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CHAMBI QUISPE, DOMITILA c/ QUISPE MAMANI, HERNAN s/DESPIDO

La Cámara de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda por despido injustificado, considerando justificada la decisión del empleador de extinguir el vínculo por injuria grave, y ajustó los intereses y honorarios conforme a la jurisprudencia y normativa aplicable.

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¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Domitila Quispe Chambi, demandó por despido y cobro de salarios y beneficios laborales.
- El demandado, Hernán Quispe Mamani, fue la parte empleadora.
- La demanda reclamaba la declaración de despido injustificado, indemnización y otros conceptos laborales.
- La primera instancia hizo lugar a la demanda, condenando a la empleadora a pagar $116.928,50 más intereses y ajustando los montos de condena, honorarios y costas.
- La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión, fundamentando que la respuesta del empleador, en la cual negó deber aguinaldo y otras cuestiones, fue considerada injuria grave que justifica el despido, y que la valoración de la prueba fue adecuada.
- La Cámara también validó la metodología de actualización de los créditos laborales, ajustada por IPC y tasa del 3% anual, en línea con precedentes jurisprudenciales y constitucionales.
- Se regularon honorarios en UMA, se confirmaron costas y se ordenó cumplir con las formalidades procesales. Fundamentos principales: La sentencia de primera instancia consideró que la respuesta de la patronal, que negó la existencia de deuda de aguinaldo, constituyó una injuria que hizo imposible la continuidad del vínculo laboral, conforme al art. 242 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). La Cámara afirmó que la valoración de la prueba fue correcta y que los agravios de la demandada no lograron demostrar la arbitrariedad del fallo ni refutar los fundamentos jurídicos. Respecto a la actualización de créditos, la Cámara adoptó una metodología que combina IPC y tasa del 3%, siguiendo jurisprudencia de la CSJN y resoluciones internas. La condena se ajustó en consecuencia, y se establecieron honorarios en UMA en línea con la extensión y complejidad del litigio.

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