ROSSI EGEL, ALDANA LORENA c/ VARESE LIGURE S.R.L. s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la providencia de primera instancia que declaró procedente el despido indirecto por irregularidades registrales y pagos fuera de registro, además de ratificar la procedencia de las indemnizaciones y sanciones por retención indebida de aportes.
- Quién demanda: ALDANA LORENA ROSSI EGEL
¿A quién se demanda?
VARESE LIGURE S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Despido, indemnización por despido, horas extras, diferencias salariales, daño moral y sanción por retención indebida de aportes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la validez del despido indirecto, la procedencia de las indemnizaciones, la validez de la liquidación salarial, la procedencia de la sanción prevista en el art. 132 bis de la LCT, y rechazó la queja sobre horas extras y base de cálculo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que la prueba testimonial y documental, especialmente los testimonios de compañeros de trabajo, acreditaron que parte del salario se abonaba en efectivo y no figuraba en recibos, además de que las tareas y categoría laboral estaban correctamente acreditadas. La irregularidad registral y los pagos fuera de registro constituyeron injurias de gravedad suficiente para justificar el despido indirecto, conforme al art. 242 de la LCT. La valoración de la prueba testimonial y la presunción de veracidad por la deficiente registración respaldan la decisión de la instancia de grado. La Cámara también confirmó la sanción del art. 132 bis de la LCT, dado que la empleadora no acreditó el ingreso de los aportes retenidos, configurando retención indebida. Los agravios relativos a horas extras, base de cálculo y daño moral fueron desestimados por insuficiencia argumental y valoración de prueba. La sentencia de grado fue confirmada en todos sus términos, incluyendo costas y honorarios.
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