MORA, CLAUDIO FABIAN -6- c/ MASTER REFRIGERACION S.A. Y OTROS s/DESPIDO
Fallo que confirma la sentencia de primera instancia que rechazó la responsabilidad solidaria de los codemandados y confirmó la procedencia parcial de la demanda por despido, ajustando los montos a la prueba documental y estableciendo las costas a cargo de la demandada.
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¿Quién es el actor?
Claudio Fabián Mora –
¿A quién se demanda?
Master Refrigeración S.A., Sabrina Mariela Daima, Fernando Marcelo Daima –
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por despido, cobro de haberes adeudados, agravamiento legal por irregularidades en la registración y pagos, entrega de documentación laboral. –
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda contra Master Refrigeración S.A. y se condenó a pagar $38.240,11 por indemnizaciones y rubros laborales, ajustados con intereses, además de ordenar la entrega de documentación laboral. Se rechazó la demanda contra Sabrina Mariela Daima y Fernando Marcelo Daima, absolviéndolos por falta de prueba de incumplimientos o maniobras fraudulentas. – Fundamentos principales: “Solo una de las demandadas resulta responsable por el pago de las indemnizaciones pretendidas por el despido del actor. La prueba documental que acompaña el actor, en particular los recibos de sueldo visados por la AFIP, revela una remuneración en línea con los registros, descartando deficiencias en la registración o pagos en negro. La prueba testimonial, aunque favorecedora del actor, no logra acreditar maniobras fraudulentas o irregularidades societarias que justifiquen responsabilidad solidaria. La ley 25.323, que aumenta las indemnizaciones por deficiente registración, no resulta aplicable en este caso, dado que no se probó que la relación laboral estuviera registradamente deficiente o inexistente. La responsabilidad de los responsables societarios no surge de la prueba, siendo la relación laboral debidamente registrada y documentada. Se ajustan los montos a la prueba documental, autorizando intereses según la tasa CER desde la fecha del despido hasta diciembre de 2023, y desde esa fecha, intereses al 6,8% anual.”
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