FERNANDEZ ROBERTO MAXIMILIANO c/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (EX MAPFRE ARGENTINA ART S.A.) Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
La sentencia confirma la responsabilidad de las demandadas por el accidente laboral y la condena al pago de indemnización por daños y perjuicios. La decisión se fundamenta en la responsabilidad objetiva del empleador y la aseguradora, y en la valoración de las pruebas periciales y documentales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Roberto Maximiliano Fernandez demanda a Abancuer S.R.L. y a Mapfre Argentina ART S.A. por lesiones sufridas en un accidente laboral ocurrido el 01/08/2010, reclamando una indemnización de $185.464,48. La empresa Abancuer S.R.L. reconoce que Fernandez trabajaba allí desde 01/10/2009 en tareas de carga, descarga y operación de maquinaria, y admite que el accidente ocurrió mientras operaba la máquina de planchado y cepillado de cueros. La aseguradora Mapfre también reconoce la relación contractual y la cobertura, pero niega responsabilidad civil por falta de cobertura efectiva y plantea la excepción de pago parcial. La sentencia analiza las circunstancias del accidente, concluye que la máquina es una cosa viciosa y riesgosa, y que la responsabilidad es de la empleadora y la aseguradora por incumplimiento de las obligaciones de seguridad. La sentencia destaca que el accidente se produjo por una falla en la máquina, que fue un elemento vicioso, y que la responsabilidad se configura en los términos del artículo 1113 del Código Civil. Se valoran las pericias médicas y psicológicas que establecen una incapacidad del 18%, y se fija una indemnización total de $605.827,40, con intereses y actualizaciones según parámetros constitucionales. La responsabilidad solidaria se atribuye a ambas demandadas, y se rechazan las excepciones de prescripción y de culpa exclusiva del actor. La sentencia además declara la inconstitucionalidad del art. 39.1 de la Ley 24.557 en relación a la inconstitucionalidad del régimen de actualización y la prohibición de indexación, por lo cual se actualizan los montos desde la fecha de accidente y se fijan intereses del 6% anual. Las costas se imponen en forma solidaria a los vencidos, y se regulan honorarios profesionales en función de las tareas y la importancia del caso.
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