CORIA MARTIN OSVALDO c/ HARVEST ENERGY SRL Y OTRO s/LEY 22.250
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VI, confirmó la sentencia que rechazó el agravio de responsabilidad solidaria de Edenor, modificando solo en parte la tasa de interés y manteniendo la condena de entregar certificados laborales, en atención a la responsabilidad del empleador en obligaciones laborales y de seguridad social.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor demanda a Harvest Energy SRL y Edenor en el marco de un proceso laboral, reclamando obligaciones derivadas de la relación laboral y responsabilidades solidarias. La Cámara confirma la responsabilidad solidaria de Edenor en obligaciones laborales, incluyendo la entrega de certificados de trabajo, y autoriza la actualización del crédito con un interés del 3% anual, considerando la situación económica y la inflación. La decisión se fundamenta en la interpretación del art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo, la protección del trabajador ante la depreciación monetaria y la responsabilidad solidaria extendida a obligaciones laborales y sociales. La Cámara también analiza la constitucionalidad de la actualización monetaria, concluyendo que en el contexto actual, la aplicación del índice de precios con interés reducido es adecuada. La disidencia de una de las juezas adhiera en lo principal a la decisión, pero disiente en la obligación de entregar certificados, considerando que la responsabilidad solidaria abarca todas las obligaciones del contrato laboral, incluyendo estos certificados.
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