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CORONEL, MILENA ARACELI c/ PANATEL S.A. s/DESPIDO

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VI confirmó la modificación del monto de condena en despido y la decisión en costas, adhiriendo parcialmente a los argumentos de la jueza Craig respecto a la interpretación del art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo y la forma de cumplimiento de la obligación de entrega del certificado de trabajo.

Recurso de apelacion Indemnizacion Buena fe Evasion fiscal Derecho laboral Inflacion Relacion laboral Certificacion de trabajo Art. 80 lct Modificacion de condena.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandada es Panatel S.A. y la actora Milena Araceli Coronel. La demanda plantea un reclamo por despido y por la determinación de un monto de indemnización. La sentencia de primera instancia fijó una condena en $77.095,77, considerando que la entrega del certificado de trabajo fue debidamente cumplida y que no existía conducta del empleador que evidenciara intención de vulnerar la ley 25.345 en materia de evasión fiscal. La Cámara confirmó esta decisión, señalando que la simple puesta a disposición telegráfica del certificado no constituye el cumplimiento de la obligación de entrega, pero que en el caso no se advierte una conducta dolosa del empleador. La mayoría de la Sala consideró que la interpretación del art. 80 de la Ley de contrato de trabajo debe ponderar principios de buena fe y colaboración, y que no existía prueba suficiente que demostrara intención de evadir obligaciones previsionales. La decisión fue adoptada en virtud de un criterio valorista, ajustándose a las circunstancias del caso, y se modificó el monto de condena a $77.095,77, manteniendo las costas y honorarios. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "la mera puesta a disposición en forma telegráfica de los certificados a los que alude dicha norma no constituye el cumplimiento de la obligación de entrega prevista en la misma, debiendo la empleadora arbitrar los medios para que se haga efectiva la entrega, recurriendo de ser necesario a la consignación judicial." "el objetivo del art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo radica en evitar la evasión fiscal y no en sancionar formalidades, por lo que la obligación de entrega debe ser ponderada bajo los principios de colaboración, buena fe y solidaridad." "la inflación distorsiona la economía y genera desigualdades e injusticias en todas las manifestaciones de la actividad productiva, por lo que mantener el nominalismo en circunstancias inflacionarias puede vulnerar la justicia."

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