F. E. SRL c/ COMISION ARBITRAL DEL CONVENIO MULTILATERAL s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirma la decisión de primera instancia que otorgó una medida cautelar a favor de F. E. S.R.L. en un proceso contra la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, manteniendo la prohibición de detracciones y retenciones por seis meses para proteger el patrimonio de la actora.
¿Quién es el actor?
F. E. S.R.L.
¿A quién se demanda?
Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (COMARB)
- Objeto de la demanda: Solicitud de medida cautelar para suspender detracciones y retenciones en sus operaciones fiscales.
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la medida cautelar concedida por la primera instancia, considerando que la desproporción en las detracciones y saldos a favor afectaba gravemente la estabilidad patrimonial de la actora y que dichas medidas no afectan el interés público, fijando la vigencia en seis meses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que las cuestiones aquí planteadas ya fueron resueltas en causas similares y que la desproporción de la tributación (incremento del 464,23%) y la afectación patrimonial grave justifican la cautelar. También, se resaltó que en causas similares la cautelar se otorgó sin plazo de vigencia y que en este caso resulta adecuado limitarla a seis meses, en línea con el art. 5° de la ley 26.854, dada la naturaleza preventiva y la ausencia de afectación del interés público.
- La parte actora argumentó que la ley 26.854 no resulta aplicable, por tratarse de un órgano colegiado con competencia en materia tributaria, no de un ente descentralizado del Estado Nacional, y que en causas similares las cautelares no tenían plazo definido, siendo otorgadas hasta la sentencia definitiva. La Cámara refutó estos argumentos, confirmando que la ley 26.854 rige las cautelares contra el Estado Nacional o sus entes descentralizados, no en este caso, confirmando así la decisión de limitar la vigencia a seis meses.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: