RIVERSO, RICARDO PABLO c/ EN-M JUSTICIA DDHH-LEY 26348 s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revoca la sentencia de primera instancia y modifica la resolución en favor del actor, estableciendo la responsabilidad del Estado por la compactación irregular del vehículo y fijando la suma indemnizatoria de $457.200, con intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue interpuesta por Ricardo Pablo Riverso contra el Estado Nacional por daños y perjuicios derivados de la compactación de su vehículo Mercedes Benz 710, secuestrado en una causa penal por encubrimiento y otros delitos. La primera instancia rechazó la demanda argumentando que la acto administrativo de compactación fue legítimo y realizado conforme a la normativa vigente, en particular al artículo 10 ter de la Ley 20.785, incorporado por la Ley 26.348, que faculta en ciertos casos la compactación sin intervención judicial previa. La Cámara, tras analizar la normativa y antecedentes, considera que la autoridad administrativa no cumplió con los requisitos legales y reglamentarios aplicables, en particular la necesidad de autorización judicial y la notificación previa al titular registral, lo que vulneró garantías constitucionales y principios de legalidad. La Cámara también concluyó que la responsabilidad del Estado está configurada por el incumplimiento irregular del servicio, en tanto no se siguieron los procedimientos adecuados, y que ello generó un daño moral y material al actor. El monto indemnizatorio se fija en $427.200 por daño material, correspondiente al valor del vehículo al momento de la compactación, y en $30.000 por daño moral, por el daño psicológico y de expectativa sufrido. Además, se rechaza la indemnización por privación de uso, dado que el vehículo estaba vinculado a actividades ilícitas. La sentencia también declara desierto el recurso de apelación por desistimiento, por no haberse fundado en tiempo y forma, y condena en costas a la demandada.
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